El esquema busca detectar movimientos que puedan presentar diferencias entre el dinero operado y los ingresos declarados por los contribuyentes. Para eso, el organismo recibe información de bancos y billeteras virtuales y puede cruzarla con otros datos fiscales.
Superar alguno de los montos establecidos no implica un bloqueo automático de la cuenta ni una sanción inmediata. La operación puede generar una alerta y derivar en un pedido de información para acreditar el origen de los fondos.
Para septiembre, el límite establecido para personas físicas es de $50 millones acumulados durante el mes en transferencias y acreditaciones, mientras que para las personas jurídicas el monto asciende a $30 millones mensuales. En el caso de los retiros de efectivo, el parámetro se ubica desde los $10 millones, tanto para personas físicas como jurídicas. Para los plazos fijos e inversiones bursátiles, el monto establecido para personas físicas es desde $100 millones.
Cuando una operación supera alguno de estos parámetros, ARCA puede iniciar un proceso de verificación. En ese procedimiento se pueden cruzar datos como la facturación, la categoría del monotributo, las declaraciones de Ganancias y los ingresos informados por el contribuyente.
En caso de detectar inconsistencias, el organismo puede solicitar documentación que permita justificar el origen de los fondos y respaldar las operaciones realizadas.
Por este motivo, resulta importante conservar los comprobantes correspondientes a las transferencias y demás movimientos financieros, especialmente cuando se trata de operaciones por montos elevados.
Las entidades bancarias y las billeteras virtuales son las encargadas de reportar las operaciones. Por lo tanto, superar alguno de los parámetros no significa que ARCA vaya a aplicar una medida de manera automática, sino que puede dar lugar a una instancia de revisión.