La investigación se originó a partir de la denuncia de una consumidora que adquirió por internet un producto que contenía ácido tricloroacético al 30%, el cual era promocionado para la eliminación de verrugas y otros tratamientos dérmicos.
La formalización de esta decisión se realizó a través de la Disposición 5970/2026, publicada el 21 de septiembre en el Boletín Oficial.
La indagatoria dio inicio luego de que se denunciara la compra, a través de una plataforma digital, de un frasco que se identificaba como “Caflab Applied Science. Ácido Tricloroacético 30%”, con un volumen de 10 mililitros.
La ANMAT especificó que el envase propuesto lo calificaba como una “solución tópica”, estando indicado para la remoción de verrugas, condilomas, queratosis, tejido hiperplásico y cicatrices, además de su uso en peelings para piel con acné y piel gruesa. Para el organismo, estas indicaciones y la composición del producto lo encuadraban dentro de la categoría de medicamento.
Durante la fiscalización, se detectó que en el sitio web de la empresa se ofrecían otros productos, como tinción de Gram, lugol, safranina, azul de metileno y solución salina fisiológica. Sin embargo, al revisar sus registros oficiales, la ANMAT confirmó que el Laboratorio CAFLAB no figuraba registrado en los rubros de medicamentos, productos médicos, diagnósticos de uso in vitro ni cosméticos.
Por su parte, el Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires informó que no existía ningún establecimiento farmacéutico habilitado bajo el nombre Laboratorio CAFLAB Applied Science, ni tampoco estaba autorizado el domicilio que la firma declaró en Luis Guillón, en el partido de Esteban Echeverría.
De acuerdo con la ANMAT, la falta de registros y habilitaciones impide conocer las condiciones de fabricación y la composición exacta de estos productos, lo que a su vez imposibilita asegurar su eficacia y seguridad.
En el transcurso de la investigación, el Programa de Monitoreo y Fiscalización de Publicidad y Promoción confirmó que las publicaciones relacionadas en Mercado Libre ya habían sido eliminadas. Asimismo, se constató que los perfiles asociados en redes sociales, como Instagram y Facebook, ya no estaban disponibles, y se solicitó a Tienda Nube que evaluara la posible eliminación del dominio usado para la comercialización de estos productos.
Finalmente, ANMAT determinó que tanto el producto denunciado como las demás preparaciones sometidas a investigación no contaban con autorización para su elaboración, fraccionamiento y distribución. Ante la posible violación de la normativa de salud pública, la Dirección de Asuntos Jurídicos de ANMAT presentó una denuncia penal.