La medida quedó formalizada mediante el Decreto 986/2026, publicado en el Boletín Oficial, y completa una de las disposiciones previstas en la norma que creó el organismo dentro de la estructura del Ministerio de Defensa.
La OSFA fue constituida como un ente autárquico dependiente de esa cartera a través del Decreto 88/2026, firmado el 5 de febrero, en el marco de la reestructuración de la Obra Social de las Fuerzas de Seguridad (OSFFESEG). El objetivo de esa reorganización fue separar las coberturas de salud correspondientes al personal de Defensa de aquellas destinadas al área de Seguridad.
El decreto de creación había establecido, en su artículo 14, inciso 2, que correspondía al Poder Ejecutivo aprobar el régimen administrativo, patrimonial, contable y de control de la nueva obra social. La publicación del Decreto 986/2026 establece ahora las reglas para su funcionamiento en esos aspectos.
La contribución patronal fijada en el nuevo régimen será del 8% sobre los salarios efectivamente percibidos. El porcentaje alcanzará al personal militar en actividad de las Fuerzas Armadas, al personal civil que presta funciones en esas instituciones y a los trabajadores civiles de la propia OSFA.
El Ministerio de Defensa, por su parte, quedó facultado para dictar las normas complementarias, aclaratorias y operativas que resulten necesarias para poner en funcionamiento el régimen aprobado.
La medida se incorpora a la reorganización del sistema de cobertura de salud destinado al personal de las Fuerzas Armadas y forma parte de las modificaciones impulsadas por el Gobierno para fortalecer la estructura institucional vinculada con el área de Defensa.